¿Quién no se ha encontrado en la tesitura de que peligran sus vacaciones por motivos ajenos (mucho trabajo, vacaciones simultáneas, etc...)?.
Siempre hemos dado por hecho que, si al acabar el año no hemos disfrutado de nuestros días libres remunerados, nos quedamos sin ellos porque no es posible trasladar vacaciones de un año para otro.
Pues va a resultar que no, a continuación os incluimos un enlace a Laboro donde se explica por qué. tras la última sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), se le acaba a las empresas el chollo de tirar de la jurisprudencia nacional.
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